jueves, mayo 16, 2024
Prensa

Identidad: fallo inédito de la Justicia de CABA.

Primer fallo conjunto que reconoce el Derecho a la Identidad de seis mujeres trans
En un fallo inédito, la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hizo lugar a una medida cautelar conjunta que reclamaba por el derecho a la identidad de seis personas trans, a fin de que se les permita ejercer su derecho democrático al voto con un DNI que refleje su verdadera identidad. Es el primer fallo que reconoce este derecho en forma conjunta y que lo une con el derecho democrático al voto.

Luego de la convocatoria a elecciones porteñas, previstas para el próximo 10 de Julio, 100% Diversidad y Derechos presentó una medida cautelar autosatisfactoria con fundamento en la urgencia del llamado a elecciones para jefe de gobierno, legisladores y jefes comunales. En ese sentido Martín Canevaro, presidente de la organización, explicó que “se solicitó el cambio del nombre y sexo registral de las amparistas para que se les garantice el ejercicio de sus deberes ciudadanos, ya que cada elección es un suplicio para ellas porque las expone a votar con un DNI que no refleja su identidad”.

La medida fue presentada el pasado 7 de abril y la sentencia quedó firme el día 15 del mismo mes. Al respecto, la Jueza en lo contencioso administrativo y tributario de la Ciudad, Elena Liberatori, expresa en su fallo que “resulta alarmante que en el contexto de la plena institucionalidad democrática que nuestro país actualmente disfruta, haya un colectivo de personas a quienes les está vedado ser ellas mismas”.

En la demanda contra el Gobierno de la Ciudad, de quien depende el Registro Civil, las amparistas Alba Rueda, Valeria Licciardi, Martina Nikolle Córdoba Ansardi , Lucía Romina Escobar, María Julieta Burgos y Paula P., reclamaron que se responda con celeridad al pedido de reconocimiento de su derecho a la identidad. El escrito explica que “la existencia de peligro en la demora es palmaria, cada día que pasamos con un D.N.I. que no refleja nuestra identidad nos agravia” , así como “son numerosos los padecimientos que vivimos a diario y son incontables las consecuencias que ello implica como la imposibilidad de acceder a un empleo formal o acceder en igualdad de oportunidades y trato a los servicios de salud y educación, entre tantos otros”.

Alba Rueda, responsable del Área Trans de 100% Diversidad y Derechos, estudiante de filosofía de la Universidad de Buenos Aires y una de las beneficiarias del fallo expresó que “Si bien en algunos ámbitos académicos como las facultades de Filosofía y Letras, Sociales y Ciencias Exactas existen resoluciones internas que permiten que los listados de alumnos y alumnas reflejen nuestros nombres; el título y el correspondiente diploma – sin este reconocimiento de nuestro derecho a la identidad – será expedido con el nombre de una persona que no existe. Esta circunstancia no nos garantiza el ejercicio del derecho a la educación”.

Martín Canevaro señaló que este fallo es un aval al reclamo del movimiento de la diversidad sexual para que “el Congreso Nacional debata muy pronto una Ley de Identidad de Género que permita a las mujeres y varones trans acceder al derecho al nombre y a la salud”. En tal sentido Alba Rueda explicó que “Estamos viviendo bajo la Ley de Ejercicio Profesional de la Salud del dictador Ongania, que nos impide acceder a tratamientos de hormonización y operaciones de adecuación quirúrgica del sexo. Por eso es urgente terminar con la mirada binaria, patologizante y estigmatizante del Estado sobre las identidades trans”.

La organización Crisálida, de la Provincia de Tucumán, también formó parte de la acción acompañando a la amparista oriunda de esa provincia, Martina Nikolle Córdoba Ansardi.

La acción conjunta de amparo fue llevada a cabo por la Dra. Marina Guimpel, quien destacó el fallo de la Jueza Liberatori, donde se sostiene que cada una de las amparistas no debe “soportar un día más de su vida en un contexto de judicialización, estigmatización, criminalización y patologización hacia su persona y su calidad de vida. Por el contrario, esta medida adoptada en forma urgente e inmediata tal vez pueda ser – aunque infinitamente pequeña-, una reparación que les es debida desde que como personas sintieron como sienten su sexualidad”.

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